El Senado bonaerense aprobó la licencia para familiares de enfermos oncológicos pediátricos

El beneficio especial se extenderá por el tiempo que solicite el profesional tratante del niño, niña o adolescente, no pudiendo superar un máximo de 180 días por año.
El Senado bonaerense aprobó la licencia para familiares de enfermos oncológicos pediátricos
El Senado bonaerense aprobó la licencia para familiares de enfermos oncológicos pediátricos

El Senado de la provincia de Buenos Aires aprobó una ley que establece una licencia laboral especial para familiares de pacientes oncológicos pediátricos, con el objetivo de que los padres o responsables de los niños y niñas puedan acompañarlos en la realización de estudios, rehabilitaciones y tratamientos de internación y ambulatorios.

Establece que los o las progenitores o representantes legales de niños, niñas y adolescentes de hasta 18 años de edad inclusive, que cuente con diagnóstico de cáncer en cualquiera de sus tipos y que se desempeñen como trabajadores en relación de dependencia, tendrán derecho a acceder a una licencia laboral especial remunerada.

La mencionada licencia especial se extenderá por el tiempo que solicite el profesional tratante del niño, niña o adolescente, no pudiendo superar un máximo de 180 días por año calendario, prorrogables por única vez en igual término.

Cifras difundidas por el Hospital Juan Garrahan, proporcionan un número estimado de 1.340 niños que son diagnosticados con cáncer cada año en la Argentina, con una tasa de sobrevida del 70% de pacientes hasta cinco años y una incidencia de 140 nuevos casos por cada millón de niños de 0 a 14 años. Por otro lado, el miércoles se aprobó también la adhesión a la Ley Nacional 27.674, que establece la creación de un régimen de protección integral para los niños, niñas y adolescentes que padezcan cáncer y con residencia permanente en el país.

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